Ayudas

Soletec

Eficiencia Energética

¿Quién se puede acoger a esta ayuda?

Podrá acogerse a estas ayudas cualquier empresa o entidad que ejerza su actividad dentro de un CNAE incluido en uno de los grupos siguientes: G, H, I, J, K, L M, N, O, P, Q, R o S. No podrán ser beneficiarias las administraciones públicas, excepto el sector público institucional de cualesquiera Administraciones Públicas a que se refiere el artículo 2.2 de la Ley 40/2015 de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, ni las empresas de servicios energéticos.

Podrán ser, con carácter orientativo, las siguientes:

Sustitución de equipos e instalaciones consumidoras de energía por equipos e instalaciones que utilicen tecnologías de alta eficiencia o la mejor tecnología disponible, con objeto de reducir el consumo energético y las emisiones de CO2. Serán apoyables tanto la sustitución de equipos de proceso como la de los equipos auxiliares consumidores de energía (calderas, compresores, quemadores, motores eléctricos, etc.).

Recuperación de calores residuales.

Mejora del rendimiento de los equipos existentes: variadores de frecuencia en motores, incorporación de motores de alta eficiencia energética en equipos, etc.

Los proyectos de implantación de sistemas de gestión energética, medida y control de los consumos y variables energéticas de la empresa.

Mejora de la eficiencia energética de las instalaciones de refrigeración.

– Sustitución de aparatos de refrigeración y armarios de conservación refrigerados profesionales, por otros de alta eficiencia energética.

Sistemas de automatización y control.

Proyectos de mejora energética de la iluminación que no se encuentren dentro del ámbito de aplicación del DB HE del Código Técnico de la Edificación (CTE).

Proyectos de mejora energética de los sistemas de climatización que no se encuentren dentro del ámbito de aplicación del DB HE del Código Técnico de la Edificación (CTE). En este caso, los nuevos equipos han de ser de alta eficiencia energética y contar con la Mejor Tecnología Disponible (MTD).

Proyectos de mejora de la envolvente térmica de recintos climatizados que no se encuentren dentro del ámbito de aplicación del Código Técnico de la Edificación (CTE).
En cualquier caso, los equipos adquiridos deberán ser nuevos.

¿Qué plazos para solicitar la subvención tenemos?

Desde el 23/11/2021 hasta el 31/10/2023

Scroll al inicio

Ahorra hasta un 70% en la factura de la luz

Call Now Button